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En anteriores posts hablamos del examen especial y las diferentes fases por el que puede pasar este. Hoy, examinaremos una de sus posibles consecuencias: la comunicación por indicio. Una vez concluido el examen especial, puede que nos encontremos ante una operación de la que tengamos ciertos indicios o sospechas de que pueda estar relacionada con el blanqueo de capitales o la financiación del terrorismo. Ante esto, deberemos proceder a realizar una comunicación por indicio.
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