
La Comunidad Internacional a lo largo de los años ha ido desarrollando normas de Derecho Internacional Humanitario que regulan los límites en los conflictos bélicos y el desarrollo de los mismos. En el presente artículo se analizará la Convención sobre la prohibición de minas antipersonales, así como la Convención sobre municiones en racimo y el rol que cumple el sector financiero.
Ambas convenciones tienen como objetivo la erradicación de las minas antipersona y las municiones en racimo debido a su impacto indiscriminado y persistente en la población civil. Estas armas, además de causar miles de víctimas, impiden el desarrollo de comunidades enteras al convertir vastas áreas en territorios peligrosos. Por ello, la Convención de Ottawa y la Convención de Oslo buscan prohibir su producción, almacenamiento, uso y financiamiento, promoviendo su eliminación definitiva y la asistencia a las víctimas.
La Convención sobre prohibición de minas antipersonales, también conocida como Convención de Ottawa, nace en 1997 con el objetivo de frenar el uso y producción de las minas antipersona. Para lograr esto la Convención se enfoca en 4 grandes objetivos:
- Destrucción de las reservas de minas antipersonales que están bajo propiedad o territorio de un Estado firmante de la Convención.
- Identificación y limpieza de zonas minadas.
- Prestar la asistencia y cuidado a las víctimas de minas antipersona, incluyendo la reintegración social y económica.
- La universalización de la Convención, haciéndola extensible a todos los países del globo.
En la actualidad la Convención se encuentra ratificada por 164 estados. Dichos estados se comprometen a realizar los objetivos mencionados ut supra. Además, deberán enviar un informe anual en el que reflejen la cantidad de minas antipersona que figuran en sus existencias, así como la cantidad de minas destinadas al desarrollo y formación en técnicas de detección, remoción o eliminación de minas, o entregadas con el propósito de su destrucción.
La Convención habilita a conservar minas con objetivo de formar a las personas en el desminado de estos dispositivos.
Por otro lado, la Convención sobre municiones en racimo — Convención de Oslo — se promulga y abre para su ratificación en el año 2008. La misma persigue el objetivo de restringir el uso, producción y transferencia de municiones en racimo. Como sucede con la Convención sobre prohibición de minas antipersona, la Convención de Oslo también persigue objetivos similares.
- Destrucción del inventario de las municiones en racimo que obren en poder o en el territorio de un Estado firmante.
- Identificación y limpieza de zonas en las que se encuentren restos no detonados de municiones en racimo.
- Asistencia, cuidado y reinserción de víctimas de municiones en racimo.
Esta Convención cuenta con un número menor de Estados obligados si la comparamos con la Convención de Ottawa. En la actualidad 124 Estados son los garantes y promotores de la Convención sobre municiones en racimo.
Rusia, China o Corea del Sur son Estados que figuran como no firmantes en ambas Convenciones.
Estas Convenciones internacionales tienen su reflejo en el Derecho nacional de los Estados firmantes. En el caso de España, por ejemplo, habrá que remitirse a la Ley 33/1998, de 5 de octubre, de prohibición total de minas antipersonal y armas de efecto similar. Esta norma prohíbe el «empleo, desarrollo, producción, adquisición de un modo u otro, almacenamiento, conservación, transferencia o exportación a cualquiera, directa o indirectamente, de las minas antipersonal, municiones en racimo, bombetas explosivas, armas de efecto similar» — artículo 2 —. Además, esta norma añade la prohibición de financiar este tipo de armas.
Esta prohibición de financiación no es exclusiva del Estado ibérico. Su homólogo italiano también recoge este extremo en la Legge 9 dicembre 2021, n. 220 — Misure per contrastare il finanziamento delle imprese produttrici di mine antipersona, di munizioni e submunizioni a grappolo. La norma italiana prohíbe la financiación empresas, nacionales o extranjeras, que directa o indirectamente realicen actividades de producción o similares en municiones en racimo o bombas antipersona.
Por otro lado, Irlanda prohíbe la inversión de dinero público en entidades que desarrollen este tipo de armas. Esta prohibición la estructura en el Cluster munitions and anti-personnel mines Act 2008.
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