Sandbox Financiero

Fecha de última actualización: 10/05/2021

Sandbox financiero. Foto por Alexander Dummer.

El 15 de noviembre de 2020 entró en vigor la Ley para la transformación digital del sistema financiero. Esta norma implanta el comúnmente conocido como sandbox financiero, un entorno de pruebas controlado que permite llevar a cabo proyectos tecnológicos innovativos dentro del sistema financiero, garantizando una regulación acorde a estos proyectos.

La correcta implementación de nuevas tecnologías en entornos financieros puede conllevar diferentes eficiencias tanto a proveedores como a los usuarios de estos servicios financieros. No obstante, el uso de nuevas tecnologías supone un reto de adaptación, que permita garantizar que la innovación adaptada es segura y beneficiosa para el conjunto de la sociedad y el sistema financiero en particular. Es por ello que la adopción de esta ley, que crear el sandbox financiero, permite vehicular los procesos de transformación digital desde una doble perspectiva: en primer lugar; permitiendo a las autoridades financieras dispongan de herramientas adecuadas para cumplir con sus funciones en un ámbito digitalizado; en segundo lugar, facilitando el proceso de innovación.

El sandbox financiero se puede compartimentar en 3 regímenes: régimen de acceso, régimen de garantías y régimen de salida.

Régimen de acceso

Podrán acceder al espacio controlado de pruebas aquellos proyectos que aporten una innovación de base tecnológica aplicable en el sistema financiero, debiendo estar lo suficientemente avanzados para probarse. Adicionalmente, los promotores de los proyectos deberán aportar potencial utilidad o valor añadido en alguno de los siguientes aspectos:

  • facilitar el cumplimiento normativo mediante la mejora u homogeneización de procesos;
  • que entrañe una mejora para los usuarios de los servicios financieros debido a la reducción de costes, mejora de la calidad o de las condiciones de acceso y disponibilidad de la prestación de servicios, o aumento de la protección de la clientela;
  • o que proporciones mecanismos para la mejora de la regulación.

Para poder acceder a este entorno de pruebas se deberá presentar una solicitud en la sede electrónica de la Secretaría General del Tesoro, mediante un modelo normalizado aprobado por la misma. Semestralmente la Secretaría General del Tesoro establecerá una fecha límite de admisión de solicitudes.

Una vez terminado el plazo de presentación de solicitudes la Secretaría General del Tesoro trasladará las solicitudes recibidas a las autoridades supervisoras que resulten competentes, debiendo estas evaluar las solicitudes y establecer un listado de proyectos que aporten un valor añadido sobre los usos ya existentes. Posteriormente, la Secretaría General del Tesoro publicará el listado de proyectos que hayan recibido una evaluación previa favorable.

Protocolo de pruebas

Cuando un proyecto reciba una evaluación favorable suscribirá un protocolo de pruebas entre el promotor y la autoridad supervisora. Este protocolo es definido por la Ley de Transformación Digital como un «documento en el que se incluyen los términos en los que se realizan las pruebas». Entre otras cuestiones, el protocolo de pruebas versará sobre:

  • El volumen de usuarios y operaciones;
  • la forman en la que se procederá a realizar el seguimiento de las pruebas;
  • las fases del proyecto y los objetivos del mismo;
  • los recursos con los que tendrá que contar el promotor;
  • sistemas específicos de protección de los participantes.

Una vez aprobado el protocolo, el promotor del proyecto recabará el consentimiento de los participantes para dar inicio al proyecto, activando asimismo el sistema de garantías e indemnizaciones previsto.

Régimen de garantías

Respecto al régimen de garantías se establecen siete precauciones básicas:

  • consentimiento y protección de datos;
  • derecho de desistimiento;
  • responsabilidad del promotor;
  • garantías que cubran la responsabilidad del promotor;
  • confidencialidad;
  • seguimiento;
  • posibilidad de interrupción de las pruebas.

De estas garantías destacan las relativas al consentimiento informado y el derecho de desistimiento de los interesados. La Ley pretende dotar de seguridad a los usuarios de los proyectos piloto, imperando a los promotores a informar a los clientes sobre la naturaleza de las pruebas, sus implicaciones, riesgos así como el régimen de desistimiento al que pueden adherirse.

Por otro lado, dentro del régimen de garantías destaca el sistema de responsabilidades que establece la Ley. Señalando que será responsabilidad exclusiva del promotor los daños ocasionados de fallos técnicos o humanos, así como cuando se produzcan por un incumplimiento del protocolo , o cuando medie culpa o negligencia.

Régimen de salida

Cuando se hayan concluido las pruebas el promotor del proyecto deberá elaborar una memoria en la que se evaluará el resultado de las mismas y del proyecto piloto en su conjunto. No obstante, se podrán desarrollar pruebas adicionales o complementarias. Una vez finalizado el proyecto, el promotor podrá solicitar la autorización para dar comienzo a su actividad.

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