Recomendación 2 del GAFI

Recomendación 2 del GAFI. Foto por Marcel Eberle.

Las Recomendaciónes del GAFI son directrices que los países deben implementar para prevenir el lavado de dinero y la financiación del terrorismo. En este artículo, examinaremos la segunda recomendación del GAFI, la misma insta a los países a fomentar su cooperación y coordinación nacional.

Esta recomendación lo que sugiere es que los Estados deberán contar con políticas eficaces en materia de prevención del blanqueo de capitales y financiación del terrorismo. Para ello recomienda que tanto las autoridades superiores de la cadena de mando, como los cargos operativos cuenten con herramientas para cooperar y, si fuere necesario, coordinarse entre ellas.

GAFI destaca que estas actividades deberán abarcar la colaboración y sincronización entre las entidades relevantes para asegurar que los requerimientos en relación a la prevención sean compatibles con las regulaciones de protección de datos, privacidad y otras normas parecidas.

El GAFI no para ahí y desarrolla una nota interpretativa para la segunda recomendación. Esta nota interpretativa está dividida a su vez en 4 bloques.

En primer lugar, el GAFI señala la importancia de establecer «marcos interinstitucionales» adecuados para fomentar la cooperación y coordinación. Señala que dichos marcos pueden ser únicos; abarcando transversalmente las políticas de prevención, o únicos con cooperación interinstitucional específica en cada esfera de la prevención.

En segundo lugar, y en relación a los marcos interinstitucionales, el GAFI recomienda que estos deberán ser dirigidos por más de una autoridad o por un organismo que sea responsable en establecer los estándares y políticas nacionales; capaz de garantizar la cooperación.

En España este ente es la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales, la misma entre otras funciones tiene la de «dirigir e impulsar las actividades de prevención de la utilización del sistema financiero o de otros sectores de actividad económica para el blanqueo de capitales o la financiación del terrorismo».

El tercer aspecto clave que remarca el GAFI es la importancia de que se incluyan ciertas entidades relevantes en los marcos interinstitucionales. El GAFI enumera una serie de autoridades que incluirían: los ministerios relevantes, autoridades de orden público, Unidad de Inteligencia Financiera, órganos de seguridad e inteligencia, autoridades fiscales, autoridades aduaneras; entre otros.

Si echamos un vistazo a la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales el pleno de la misma está compuesta por las autoridades que el GAFI recomienda.

Por último, el GAFI marca la importancia de establecer mecanismos que permitan la cooperación. Específicamente, el GAFI señala que sería fundamental establecer: «medidas para aclarar la función, las necesidades de información y las fuentes de información de cada autoridad relevante; medidas para facilitar el flujo de información oportuno entre las autoridades relevantes y mecanismos prácticos para facilitar el trabajo interinstitucional.


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Por Álvaro Serrano

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