MiCA y la prevención del blanqueo de capitales

MiCA y la prevención del blanqueo de capitales. Foto por Kanchanara.

En mayo de 2023 se publicó el Reglamento europeo relativo a los mercados de criptoactivos, conocido como MiCA — por sus siglas en inglés Markets in Crypto-Assets —. Esta norma europea tiene como objetivo vertebrar reglas uniformes para los proveedores de servicios de criptomonedas.

Esta norma supone una innovación en materia de regulación de uso y emisión de monedas virtuales. Regulando la concesión de solicitudes para proveedores de servicios de criptomonedas, reforzando la confianza en el mercado o aclarando las competencias de las autoridades que operan en esta esfera.

MiCA se aplica a toda persona física o jurídica que preste servicios de criptoactivos en la Unión. Entendiendo como servicio de criptoactivos: la custodia y administración, gestión de una plataforma de administración, canje de criptoactivos por fondos o por otros criptoactivos, asesoramiento en materia de monedas virtuales, gestión de carteras…

Aunque no es el objeto principal de su regulación, MiCA establece una serie de requisitos en relación con la prevención del blanqueo de capitales. No hay que olvidar que los proveedores de servicios de criptomonedas están también sujetos a la normativa de prevención de blanqueo de capitales.

Uno de los requisitos fundamentales es la necesidad de contar con un marco de evaluación de riesgos de blanqueo de capitales y financiación del terrorismo. Ello ha de tener asociado una serie de mecanismos de control interno, así como políticas y procedimientos para detectar los riesgos de lavado de activos y financiación del terrorismo.

Este elemento resulta fundamental, ya que será uno de los elementos a tener en cuenta por las autoridades competentes de cada país para autorizar el inicio de la operativa de los proveedores de servicios de criptomonedas. Asimismo, la inobservancia posterior de este requisito supondrá la revocación de la autorización.

Uno de los requisitos para acceder al registro de criptomonedas, condición necesaria para operar en España, es el manual de prevención de blanqueo de capitales y un análisis de riesgo.

Otro de los requisitos son las disposiciones de gobernanza en relación con los órganos de dirección de los proveedores de servicios. MiCA exige que tanto el órgano de dirección como los socios con participaciones cualificadas tengan «la honorabilidad suficiente» y no hayan sido condenados por delitos de blanqueo de capitales o financiación del terrorismo o delitos adyacentes que afecten a su honorabilidad.

Este requisito también se refleja en la normativa de prevención, donde los altos estándares éticos en la contratación son considerados uno de los requisitos a tener en cuenta.

Lo último a destacar resulta de la colaboración institucional y el reparto de competencias. Para aprobar o denegar las solicitudes de licencia cada Estado miembro nombrará a una autoridad competente — en España la CNMV y el Banco de España —. Para aplicar las facultades que el Reglamento da a estas autoridades, esta norma conmina a hacerse valer de la colaboración con otras autoridades, en especial las competentes en materia de prevención del blanqueo de capitales y el financiamiento del terrorismo.


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Por Álvaro Serrano

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