Portugal y su definición de PEP

Fecha de última actualización: 23/02/2024

Portugal y su definición de PEP. Foto por Luis Feliciano

Siguiendo con la dinámica de otros Estados de la Unión Europea como España, Francia o Países Bajos; la jurisdicción lusa también acota la definición de persona expuesta políticamente — PEP —. Y también, como el resto de países de nuestro entorno, dicha definición y desarrollo normativo en materia de prevención del blanqueo de capitales deriva de las Directivas europeas, además de la influencia ejercida por el GAFI en este tema.

La normativa de Portugal establece su definición de persona con responsabilidad pública en la Lei n.º 83/2017 — Medidas de combate ao branqueamento de capitais e ao financiamento do terrorismo. Esta norma compendia gran parte de las transposiciones europeas y, en consecuencia, se yergue como un pilar normativo básico en materia de prevención del blanqueo de capitales y financiación terrorismo en el territorio de Portugal.

En su artículo segundo, apartado primero, subapartado cc), se definen las categorías de sujetos que serán considerados personas expuestas políticamente. A ello habrá que sumar lo establecido en el subapartado gg) sobre «titulares de otros cargos políticos o públicos». Además, la normativa portuguesa tiene un artículo específico — artículo 39 —, que establece ciertos elementos complementarios a tener en cuenta a la hora de establecer relaciones con PEPs. Entre estos destaca la necesidad de «detectar la condición de “persona del medio político”, adquirida antes o después del establecimiento de la relación de negocios u operación ocasional».

Asimismo, la normativa lusa también establece la necesidad de implementar medidas reforzadas de diligencia debida para los familiares de los PEPs, así como las personas estrechamente vinculadas con estos.

En la normativa de Portugal se entiende como familiar de PEP: i) El cónyuge o la pareja de hecho, ii) parientes y afines hasta el 2º grado, en línea directa o colateral, iii) las uniones de hecho de los parientes.

La definición de persona estrechamente vinculada vendrá ligada a las relaciones comerciales del PEP. Por lo que, si se comparte la titularidad de una persona jurídica con un PEP, así como derechos de voto de una entidad social, o si se tiene una relación empresarial con un PEP; entenderemos que estamos ante una persona estrechamente vinculada.

Lista de PEPs en Portugal 

Los cargos políticos que ostentan la condición de PEP serán: 

  1. Jefes de Estado, Jefes de Gobierno y miembros del Gobierno, a saber, Ministros, Secretarios y Subsecretarios de Estado o asimilados;
  2. Diputados u otros miembros de las cámaras parlamentarias
  3. los miembros del Tribunal Constitucional, del Tribunal Supremo de Justicia, del Tribunal Supremo Administrativo, del Tribunal de Cuentas, así como los miembros de los tribunales supremos, de los tribunales constitucionales, de los tribunales de cuentas y de otros órganos judiciales superiores de otros Estados y de organizaciones internacionales
  4. Representantes de la República y miembros de los órganos de autogobierno de las regiones autónomas
  5. El Defensor del Pueblo, los Consejeros de Estado y los miembros de la Comisión Nacional de Protección de Datos, del Consejo Superior de la Magistratura, del Consejo Superior de los Tribunales Administrativos y Fiscales, de la Fiscalía General del Estado, del Consejo Superior del Ministerio Fiscal, del Consejo Superior de la Defensa Nacional, del Consejo Económico y Social y de la Autoridad Reguladora de los Medios de Comunicación.
  6. Jefes de misiones diplomáticas y oficinas consulares;
  7. Oficiales Generales de las Fuerzas Armadas y de la Guardia Nacional Republicana (GNR) en servicio activo, así como los Superintendentes Jefes de la Policía de Seguridad Pública (PSP)
  8. Alcaldes y concejales con funciones ejecutivas de los concejos municipales;
  9. Miembros de los órganos de dirección y supervisión de los bancos centrales, incluido el Banco Central Europeo
  10. miembros de los órganos de administración y supervisión de institutos públicos, fundaciones públicas, establecimientos públicos y entidades administrativas independientes, con independencia de su denominación
  11. miembros de los órganos de administración y supervisión de entidades pertenecientes al sector público empresarial, incluidos los sectores empresarial, regional y local
  12. Miembros de los órganos de dirección ejecutiva de partidos políticos de ámbito nacional o regional;
  13. Directores, directores adjuntos y miembros del consejo de administración o personas que ejerzan funciones equivalentes en una organización internacional;

Asimismo, la normativa lusa define a los «titulares de otros cargos políticos o públicos» — artículo 2.1 gg) —, dicha definición conduce a la Lei n.º 52/2019. Siendo estos:

  1. El Presidente de la República;
  2. El Presidente de la Asamblea de la República
  3. El Primer Ministro;
  4. Los Miembros de la Asamblea de la República;
  5. Los Miembros del Gobierno;
  6. El Representante de la República en las Regiones Autónomas;
  7. Los miembros de los órganos de autogobierno de las Regiones Autónomas;
  8. Los miembros del Parlamento Europeo;
  9. Los miembros de los órganos ejecutivos de las corporaciones locales;
  10. Los miembros de los órganos ejecutivos de las áreas metropolitanas y de las entidades intermunicipales.
  11. Miembros de los órganos ejecutivos de los partidos políticos a nivel nacional y en las regiones autónomas;
  12. Candidatos a la Presidencia de la República;
  13. Miembros del Consejo de Estado;
  14. Presidente del Consejo Económico y Social.
  15. Gerentes públicos y miembros del consejo de administración de una sociedad anónima, que ejerzan funciones ejecutivas;
  16. Los miembros del órgano de dirección de las empresas públicas, cuando sean designados por el Estado.
  17. Miembros de órganos de dirección de empresas que integren los sectores empresariales regionales o locales
  18. Miembros de órganos de dirección de institutos públicos
  19. Miembros del órgano de administración de una entidad administrativa independiente;
  20. Titulares de cargos de alta dirección de 1º y 2º nivel y equivalentes, y altos cargos de ayuntamientos y servicios municipales, cuando existan.
  21. Los jefes de gabinete de los miembros de los gobiernos de la República y de los gobiernos regionales;
  22. Los representantes o asesores mandatados por el Estado y los gobiernos regionales en procesos de concesión o enajenación de bienes públicos.

Para los “titulares de otros cargos políticos o públicos” que no reúnan la condición de PEP — como por ejemplo los candidatos a la Presidencia de la República —, la normativa lusa obliga a detectar dichos cargos y adecuar las medidas reforzadas de diligencia debida en función del riesgo.

A continuación os detallamos las principales fuentes que empleamos en Pibisi para extraer los PEPs de Portugal:


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Por Álvaro Serrano

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