Entre los objetivos del Grupo de Acción Financiera Internacional — GAFI — se encuentra el establecimiento de estándares y cánones comunes para una correcta implementación de medidas legales y operativas, conducentes a prevenir el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo. Para lograr este objetivo, el GAFI ha desarrollado un conjunto de directrices conocidas como las 40 Recomendaciones. En el presente artículo abordaremos la Vigésimo Segunda Recomendación, la cual extiende la aplicación de medidas preventivas a sectores ajenos al sistema financiero tradicional.
Las Actividades y Profesiones No Financieras Designadas se definen como aquellos sectores económicos y profesionales que, por la naturaleza de sus funciones y el tipo de transacciones que gestionan, presentan una vulnerabilidad intrínseca de ser utilizados como vehículos para el lavado de activos o la financiación del terrorismo. Este grupo incluye, de manera taxativa, a los casinos, agentes inmobiliarios, comerciantes de metales y piedras preciosas, así como a profesionales jurídicos y proveedores de servicios societarios.
El objetivo de la Recomendación 22 es garantizar que estos sujetos obligados apliquen los requisitos de diligencia debida del cliente y conservación de registros —establecidos originalmente para instituciones financieras en las Recomendaciones 10, 11, 12, 15 y 17— cuando se den determinadas circunstancias operativas.
El GAFI establece que las obligaciones de diligencia debida deben activarse en las siguientes situaciones específicas según el sector:
- Casinos: La obligación surge cuando los clientes realizan transacciones financieras por un importe igual o superior al umbral de riesgo establecido.
- Agentes inmobiliarios: Deben aplicar estas medidas cuando participen en transacciones de compraventa de bienes inmuebles para sus clientes.
- Comerciantes de metales y piedras preciosas: La normativa les afecta exclusivamente cuando realicen transacciones en efectivo que alcancen o superen el umbral de riesgo establecido.
- Abogados, notarios y contables: Su sujeción a la norma se activa al preparar o ejecutar transacciones relativas a la compraventa de inmuebles, gestión de activos o cuentas bancarias, y la organización de estructuras societarias.
- Proveedores de servicios fiduciarios y societarios: Cuando actúen como agentes de constitución, administradores, secretarios o fiduciarios, así como al proporcionar domicilios sociales o actuar como accionistas nominales.
Para asegurar la efectividad de este estándar, el GAFI acompaña la Recomendación 22 con una Nota Interpretativa que clarifica aspectos técnicos como el cálculo de Umbrales. La Recomendación del GAFI aclara que las transacciones por encima de los límites designados comprenden tanto operaciones únicas como aquellas que, siendo fraccionadas, parezcan estar vinculadas entre sí. Además se establece un umbral de riesgo de 3.000 euros para los casinos y 15.000 para los comerciantes de metales y piedras preciosas.
Por último, resulta relevante señalar que la correcta implementación de la Recomendación 22 actúa en consonancia con la Recomendación 23, configurando un marco de supervisión que cierra las puertas al uso de sectores no financieros para el desvío de fondos ilícitos.
¿Te interesa conocer en detalle las 40 Recomendaciones del GAFI? Descubre nuestra serie de artículos donde explicamos cada una de ellas y su importancia.
- Recomendación 1: Evaluación de riesgos y aplicación de un enfoque basado en riesgo.
- Recomendación 2: Cooperación y coordinación nacional.
- Recomendación 3: Delito de lavado de activos.
- Recomendación 4: Incautación y medidas provisionales.
- Recomendación 5: Delito de financiación del terrorismo.
- Recomendación 6: Sanciones financieras relacionadas con el terrorismo y su financiación.
- Recomendación 7: Sanciones financieras relacionadas la proliferación de armas de destrucción masiva.
- Recomendación 8: Entidades sin ánimo de lucro.
- Recomendación 9: Secreto bancario.
- Recomendación 10: Diligencia debida con el cliente.
- Recomendación 11: Mantenimiento de Registros.
- Recomendación 12: Personas Expuestas Políticamente — PEP —.
- Recomendación 13: Corresponsalía bancaria.
- Recomendación 14: Servicios de transferencia de dinero o valores.
- Recomendación 15: Nuevas tecnologías.
- Recomendación 16: Transparencia en los pagos.
- Recomendación 17: Dependencia en terceros.
- Recomendación 18: Controles internos, sucursales y filiales extranjeras.
- Recomendación 19: Países y jurisdicciones de riesgo.
- Recomendación 20: Comunicación de operaciones sospechosas.
- Recomendación 21: Revelación y confidencialidad.
- Recomendación 22:Diligencia debida en las actividades y profesiones no financieras designadas.
Soy sujeto obligado y busco herramienta de PBC.
¡Genial! Has llegado al lugar adecuado en el momento preciso. Solicita una demo con el equipo de Pibisi y cuéntanos lo que necesitas sin compromiso.
Aún no sé si soy Sujeto Obligado…
No hay problema, es una duda muy común. Contesta nuestro sencillo cuestionario y averígualo AHORA.
Si quieres mantenerte al tanto de nuevos artículos subscríbete a nuestra newsletter si aún no lo has hecho.
Y si quieres proponernos algún tema sobre el que te gustaría que escribiéramos un artículo, o simplemente quieres contactar con nosotros, puedes hacerlo a través de nuestro formulario de contacto.

