EuReCA, la nueva base de datos de la Autoridad Bancaria. Foto por Scottdale Mint.
La Autoridad Bancaria Europea presentó el pasado 30 de enero su base de datos para la lucha contra el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo, acompañada de un borrador de normas técnicas reglamentarias que ha remitido a la Comisión Europea.
Fichero de Titularidades Financieras. Foto por Jan Antonin Kolar
Para la correcta investigación y prevención del blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo los Estados se dotan de herramientas eficaces para apoyar esta lucha. Entre ellos destacan los sistemas centrales electrónicos de consulta de datos financieros, comúnmente conocido en España como Fichero de Titularidades Financieras.
Responsable ante el SEPBLAC. Foto por Jim Reardan.
Existen una serie de órganos en el seno de los sujetos obligados velando por la correcta aplicación y armonía de las medidas de prevención. En el siguiente artículo hablaremos de uno que cumple una función de control y comunicación primordial: el representante ante el Servicio Ejecutivo de Prevención del Blanqueo de Capitales — SEPBLAC —.
El blanqueo de capitales en lo delitos medioambientales. Foto por jxp
El GAFI en julio de 2021 publicó el informe titulado «blanqueo de capitales en crímenes contra el medioambiente». Este estudio refuerza los conocimientos del GAFI sobre los riesgos del blanqueo de capitales en este sector delictivo, poniendo de manifiesto la necesidad de seguir trabajando sobre esta materia.
Órgano de control interno. Foto por Tsvetoslav Hristov.
Existen multitud de actores que participan en el proceso de la prevención del blanqueo de capitales: expertos externos, SEPBLAC, GAFI, AMLA, etc. En este artículo se analizara un engranaje fundamental que reside en el seno de los sujetos obligados: los órganos de control interno.
Joyerías y la prevención del blanqueo de capitales. Foto por drz.
Existe una gran variedad de sujetos obligados, desde casinos hasta servicios de criptomonedas o los más clásicos como entidades de crédito o financieras. En el presente post analizaremos la industria de la joyería como sujeto obligado.
Registro de servicios de criptomonedas. Foto por Jeremy Bezanger
Con la publicación del Real Decreto-Ley 7/2021 se modificó ampliamente la Ley de prevención del blanqueo de capitales. Entre las modificaciones que incluye el Real Decreto-Ley destaca la inclusión de los servicios de criptomonedas como sujetos obligados. La condición de sujeto obligado lleva aparejada el deber de cumplimiento de todas las obligaciones que imponga la ley. Junto a estas obligaciones, la ley impone a los servicios de criptomonedas el deber de estar inscritos en un Registro centralizado para poder operar en España.
Transferencias de criptoactivos. Foto por Icons8 Team.
En anteriores artículos hablamos sobre las obligaciones en las transferencias de fondos y cómo éstas se regulan vía Reglamento Europeo. En esta publicación hablaremos de las modificaciones que va a sufrir este Reglamento y el impacto que va a tener en el sector de la prevención del blanqueo de capitales, especialmente en el mercado de las criptomonedas. Esta propuesta de reforma está enmarcada en las Propuestas legislativas que presentó la Comisión Europea en Julio de 2020, junto con tres más, de las cuales ya hemos escrito sendas publicaciones.
Obligaciones en las transferencias de fondos. Foto por Rupixen.
La decimosexta recomendación del GAFI establece que las entidades financieras que realicen transferencias bancarias deberán requerir información sobre el ordenante, así como del destinatario de la transferencia. Además, dicha información deberá permanecer ligada a la transferencia realizada, todo ello para prevenir el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo. Con el objetivo de dar forma a esta recomendación la Unión Europea adoptó en 2015 el Reglamento 2015/847 relativo a la información que acompaña a las transferencias de fondos.